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giovedì 11 settembre 2025

La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II. (8 diciembre)







Queridos hermanos,
oremos, oremos mucho a nuestra Madre, Dios la preservó de todo mal, porque en su infinita sabiduría
y omnisciencia, la preparaba desde su concepción para ser la MADRE DE DIOS, la Madre de su Hijo Unigénito.
Vivimos tiempo de mucha intolerancia social, cultural, lo cual está produciendo mucha violencia, una exacerbada violencia. No se respeta la vida de aquel que piensa distinto o que va contra el sistema político impuesto por activa y por pasiva.
La mejor oración, la oración favorita de nuestra Madre santísima es el rosario. Que el santo rosario sea nuestra respuesta a tanta violencia que circunda nuestro mundo.
Recemos por tantas víctimas inocentes, recemos por cada uno de sus agresores (muchas veces víctimas de diversas injusticias, agresiones históricas, y que en su libre albedrío, asumieron decisiones injustas e inhumanas); pero, sobre todo, recemos por los políticos que detentan el poder, pues ellos son los directamente responsables de todo el desorden social, del enfrentamiento cultural y violencia virulenta de nuestro mundo, hoy...

IRINA ZARUTSKA (23 años). Refugiada ucraniana en Charlotte, Carolina del Norte, EE.UU. Pudo huir de la guerra en Ucrania, pero, fue asesinada demencialmente con cortes en la yugular, por un delincuente multireincidente, que había sido detenido 14 veces, el 22 de agosto 2025. 


Irina, terminaba su horario laboral en una pizzería, y como todos los días subió al tren correspondiente y sin motivo alguno, fue asesinada por un psicótico. En 10 segundos se desplomó y cayó desangrándose. Murió en el acto.





Nuestro querido san Juan Pablo II, nos recuerda y enseña como Dios, gusta de María y la elige, para luego, concedérnosla como gran antecesora y fuente de divinas gracias para nuestro mundo.
Acudamos a ella, para los tiempos sanguinarios que nos toca vivir, y en todo el mundo. Y que gracias a las redes sociales nos informamos de todo lo que acontece...










JUAN PABLO II
AUDIENCIA GENERAL
Miércoles de 12 de junio 1996




La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.




La definición dogmática del privilegio de la Inmaculada Concepción





1. La convicción de que María fue preservada de toda mancha de pecado ya desde su concepción, hasta el punto de que ha sido llamada toda santa, se fue imponiendo progresivamente en la liturgia y en la teología. Ese desarrollo suscitó, al inicio del siglo XIX, un movimiento de peticiones en favor de una definición dogmática del privilegio de la Inmaculada Concepción.


La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.





El Papa Pío IX, hacia la mitad de ese siglo, con el deseo de acoger esa demanda, después de haber consultado a los teólogos, pidió a los obispos su opinión acerca de la oportunidad y la posibilidad de esa definición, convocando casi un concilio por escrito. El resultado fue significativo: la inmensa mayoría de los 604 obispos respondió de forma positiva a la pregunta.

La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.





Después de una consulta tan amplia, que pone de relieve la preocupación que tenia mi venerado predecesor por expresar, en la definición del dogma, la fe de la Iglesia, se comenzó con el mismo esmero la redacción del documento.

La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.



 - Ineffabilis Deus. Pío IX (Epístola apostólica. 1854). 




La comisión especial de teólogos, creada por Pío IX para la certificación de la doctrina revelada, atribuyó un papel esencial a la praxis eclesial. Y este criterio influyó en la formulación del dogma, que otorgó más importancia a las expresiones de lo que se vivía en la Iglesia, de la fe y del culto del pueblo cristiano, que a las determinaciones escolásticas.


La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.





Finalmente, en el año 1854, Pío IX, con la bula Ineffabilis, proclamó solemnemente el dogma de la Inmaculada Concepción: "...Declaramos, proclamamos y definimos que la doctrina que sostiene que la santísima Virgen María fue preservada inmune de toda mancha de la culpa original en el primer instante de su concepción por singular gracia y privilegio de Dios omnipotente, 



La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.


en atención a los méritos de Cristo Jesús, Salvador del género humano, está revelada por Dios y debe ser, por tanto, firme y constantemente creída por todos los fieles" (DS, 2.803).


La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.





2. La proclamación del dogma de la Inmaculada expresa el dato esencial de fe. El Papa Alejandro VII, en la bula Sollicitudo del año 1661, hablaba de preservación del alma de María "en el primer instante de su creación e infusión en el cuerpo" (DS, 2.017). La definición de Pío IX, por el contrario, prescinde de todas las explicaciones sobre el modo de infusión del alma en el cuerpo y atribuye a la persona de María, en el primer instante de su concepción, el ser preservada de toda mancha de la culpa original.


La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.





La inmunidad "de toda mancha de la culpa original" implica como consecuencia positiva la completa inmunidad de todo pecado, y la proclamación de la santidad perfecta de María, doctrina a la que la definición dogmática da una contribución fundamental. En efecto, la formulación negativa del privilegio mariano, condicionada por las anteriores controversias que se desarrollaron en Occidente sobre la culpa original, se debe completar siempre con la enunciación positiva de la santidad de María, subrayada de forma más explícita en la tradición oriental.


La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.





La definición de Pío IX se refiere sólo a la inmunidad del pecado original y no conlleva explícitamente la inmunidad de la concupiscencia. Con todo, la completa preservación de María de toda mancha de pecado tiene como consecuencia en ella también la inmunidad de la concupiscencia, tendencia desordenada que, según el concilio de Trento, procede del pecado e inclina al pecado (DS, 1.515).

La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.




3. Esa preservación del pecado original, concedida "por singular gracia y privilegio de Dios omnipotente", constituye un favor divino completamente gratuito, que María obtuvo ya desde el primer instante de su existencia.



La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.



La definición dogmática no afirma que este singular privilegio sea único, pero lo da a entender. La afirmación de esa unicidad se encuentra, en cambio, enunciada explícitamente en la encíclica Fulgens corona, del año 1953, en la que el Papa Pío XII habla de "privilegio muy singular que nunca ha sido concedido a otra persona" (AAS 45 [1953] 580), 

La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.



excluyendo así la posibilidad, sostenida por alguno, pero con poco fundamento, de atribuirlo también a san José.



La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.





La Virgen Madre recibió la singular gracia de la Inmaculada Concepción "en atención a los méritos de Cristo Jesús, Salvador del género humano", es decir, a su acción redentora universal.


La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.





En el texto de la definición dogmática no se depara expresamente que María fue redimida, pero la misma bula Ineffabilis afirma en otra parte que "fue rescatada del modo más sublime". Esta es la verdad extraordinaria: Cristo fue el redentor de su Madre y ejerció en ella su acción redentora "del modo más perfecto" (Fulgens corona, AAS 45 [1953] 581), ya desde el primer instante de su existencia. El Vaticano II proclamó que la Iglesia "admira y ensalza en María el fruto más espléndido de la redención" (Sacrosanctum Concilium, 103).


La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.





4. Esa doctrina, proclamada de modo solemne, es calificada expresamente como "doctrina revelada por Dios". El Papa Pío IX añade que debe ser "firme y constantemente creída por todos los fieles". En consecuencia, quien no la hace suya, o conserva una opinión contraria a ella, "naufraga en la fe" y "se separa de la unidad católica".


La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.




Al proclamar la verdad de ese dogma de la Inmaculada Concepción, mi venerado predecesor era consciente de que estaba ejerciendo su poder de enseñanza infalible como Pastor universal de la Iglesia, que algunos años después sería solemnemente definido durante el concilio Vaticano I. Así realizaba su magisterio infalible como servicio a la fe del pueblo de Dios; y es significativo que eso haya sucedido al definir el privilegio de María.



La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.






FUENTE : La Santa Sede (Several languages)



NOTA

Si gustas, puedes visitar los sgtes. links :


MARÍA INMACULADA, REDIMIDA POR PRESERVACIÓN. San JUAN PABLO II. (8 diciembre)


LA INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II. (8 diciembre)


* La INMACULADA CONCEPCIÓN !!!!... Ineffabilis Deus. Pío IX (Epístola apostólica. 1854). (8 diciembre)


* Natividad de la Virgen María : ¡el cumpleaños de la Madre!!.... (8 septiembre)


* ¡Para ti INMACULADA !!... : #CANTOS (Several languages) #MARÍA I


*Akáthistos. Himno mariano bizantino. Inmaculada Concepción. (8 diciembre)






La DEFINICIÓN DOGMÁTICA del privilegio de la INMACULADA CONCEPCIÓN. San Juan Pablo II.











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